En Ia Ciudad de Montevideo, el día veintitrés de diciembre de dos mil diecinueve, se reúnen: POR UNA PARTE: El Consejo Latinoamericano de Ciencias Sociales representado por su Secretaria Eje­cutiva Karina Batthyánny Y, POR OTRA PARTE: La Asociacion Latinoamericana de Ciencia Politica representada por su Secretario General Daniel Buquet QUIENES CONVIENEN:

PRIMERO. OBJETO.

Las partes acuerdan el presente convenio marco a fin de establecer Ia colaboración complementa­ción e intercambio, buscando el apoyo e intercambio de conocimientos y actividades, destinados al apoyo mutuo en áreas comunes contempladas en las respectivas Misiones y Objetivos contem­plando las normal y estatutos que rigen ambas Instituciones.

SEGUNDO. PROPOSITO Y OBJETIVOS.

Las Instituciones establecen a modo de ejemplo los siguientes:

  1. Coordinar agendas de congresos y eventos
  2. Organizar actividades conjuntas en los respectivos congresos
  3. Favorecer el trabajo conjunto de los grupos de trabajo de CLACSO y grupos de investigacion de ALACIP
  4. Apoyar Ia difusiOn de convocatorias, eventos y publicaciones de las respectivas instituciones
  5. Impulsar una reflexicin conjunta sobre los procesos de evaluacion cientlfica en las cien­cias sociales.
  6. Favorecer Ia participacion de jOvenes cientistas sociales en las actividades y eventos de las respectivas instituciones y su plena integracion en las ciencias sociales latinoamericanas y caribefias.

TERCERO. PROYECTOS ESPECIFICOS.

Ambas partes estudiaran las formal concretas de establecer Proyectos específicos en beneficio recíproco, dentro de los siguientes campos:

  1. FORMACIÓN: Seminarios, cursos, talleres de trabajo, coloquios, entre otros, sobre areas especf­ficas de mutuo interés
  2. INVESTIGACION: estudio de problemas específicos, relevamiento de datos, proyectos de inves­tigación.
  3. PUBLICACIONES: realización de publicaciones conjuntas utilizando sus respectivos sellos edito­riales.

CUARTO. INTERCAMBIOS.

Ambas partes fomentarán la colaboración inter-institucional mediante el intercambio de conocimientos científicos, experiencias de enseñanza/aprendizaje, publicaciones y documentos de inves­tigación, etc., así como a docentes, investigadores y estudiantes pertenecientes a los grupos de trabajo de CLACSO y grupos de investigación de ALACIP.

QUINTO. PLAZO

El presente Convenio comenzará a regir a partir del día de la fecha, y continuará vigente hasta que cualquiera de las partes decida lo contrario, comunicándolo a la otra por medio fehaciente, con una antelación mínima de treinta días hábiles. La pérdida de vigencia del presente Convenio no afectará los prograrnas y proyectos en ejecución que hubieran sido aprobados por los organismos signatarios.